El artículo 154 de la Ley de Régimen Electoral señala que dentro de los noventa días siguientes a la elección, deben presentar el certificado de sufragio para cumplir tres tipos de trámites: acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios y obtener pasaporte.

El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, aseguró este sábado que el certificado de sufragio que otorgó en las elecciones del 17 de agosto tendrá validez únicamente hasta el 19 de octubre, día del balotaje y a partir del 20 entrará en vigencia el certificado de sufragio de la segunda vuelta.

Grupo de WhatsApp

“El certificado del 17 de agosto va a ser exigido por las entidades financieras hasta el 19 de octubre, después del 19 de octubre se les va a exigir que presenten el certificado (de sufragio) de la segunda vuelta hasta enero (de 2026)”, dijo Ávila en el programa ¡Qué semana!” del Grupo EL DEBER.

Entonces, ¿no tenemos que cargar los dos certificados en la billetera?, consultó este medio y Ávila recalcó: “No, definitivamente, no”.

Tomando en cuenta que esta es la primera vez en Bolivia que se realiza una segunda vuelta electoral, surgieron dudas por las distintas versiones en sentido de que habrá un lapso cuando ambos certificados estén vigentes y en ese caso, ¿los bancos y las entidades públicas que manda la ley, exigirán la presentación de ambos documentos?.

Según el vocal Ávila, el certificado de sufragio del 17 de agosto caducará el 19 de octubre, día del balotaje y a partir del 20 solo servirá el documento que se otorgue a los que fueron a votar en la segunda vuelta.

El artículo 154 de la Ley 026 de Régimen Electoral señala: “El Certificado de Sufragio es el único documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto”.

La norma también señala que dentro de los noventa días siguientes a la elección, deben presentar este certificado para cumplir tres tipos de trámites: acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios y obtener pasaporte.

Esos 90 días se cumplen el 15 de noviembre, es decir que el primer certificado es válido hasta esa fecha, de acuerdo a lo que establece el artículo 154. Pero el vocal Ávila ya hizo la aclaración de que el certificado que se entregue después de votar el 19 de octubre, es el que valerá definitivamente.

////EL DEBER////