El Tribunal Supremo Electoral aclaró que, al ser cargos de elección popular, no existe impedimento legal para que familiares de líderes políticos asuman curules, aunque reconoció que el cuestionamiento es de carácter ético.

La composición de la nueva Asamblea Legislativa Plurinacional (2025-2030) incluye dos nombres que han generado un intenso debate público y en redes sociales: Diana Romero Saavedra y Ana María Quiroga Ramírez, electas como diputadas plurinominales y con vínculos familiares directos con reconocidas figuras políticas.

Romero, diputada electa por la segunda circunscripción plurinominal de Santa Cruz, es esposa de Edmán Lara, candidato a la vicepresidencia por el Partido Demócrata Cristiano (PDC) y ahora vicepresidente electo. En tanto, Quiroga Ramírez ocupará una banca por la segunda diputación plurinominal de Cochabamba, y es hermana del expresidente Jorge ‘Tuto’ Quiroga Ramírez, de la Alianza Libre.

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El Tribunal Supremo Electoral (TSE), al presentar este martes la nómina oficial de autoridades electas, se refirió a las denuncias de nepotismo que circularon en plataformas digitales. La institución aclaró que, tratándose de cargos electivos, “no existe impedimento legal”, ya que no se trata de designaciones directas.

Previo a los comicios, ambos líderes defendieron las postulaciones de sus familiares. Jorge Quiroga afirmó a la red ERBOL: “Mi hermana es la mejor política de mi familia… se ganó un espacio en Cochabamba”. Por su parte, Edmán Lara aseguró en un video en TikTok: “Si mi esposa está ahí como candidata a diputada es porque ella se lo ha ganado… su mérito es su lucha, su sacrificio”.

El Secretario de Cámara del TSE, Fernando Arteaga, remarcó que no es competencia del órgano electoral limitar candidaturas por este motivo, y que más bien se trata de un “asunto ético”. Recordó, además, que en gobiernos subnacionales se registraron antecedentes similares, como los casos de Manfred Reyes Villa Avilés en Cochabamba y Luis Miguel Fernández Rea en Santa Cruz, ambos concejales electos siendo hijos de los alcaldes en funciones.

Finalmente, el TSE concluyó que la elección de Romero y Quiroga fue resultado de un proceso democrático y proporcional, donde su acceso al cargo dependió del voto popular a las listas partidarias.

El debate, sin embargo, permanece abierto: mientras la ley no encuentra obstáculo, la discusión sobre los límites éticos y la concentración de influencia familiar en espacios de poder queda en manos de la ciudadanía y la opinión pública.