Con el objetivo de garantizar el suministro de combustibles, el Gobierno aprobó un Decreto Supremo 5548 para autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y a las refinerías la importación de petróleo.

En pasados días, previo al feriado de Carnaval, se han registrado filas en algunos surtidores de Santa Cruz, lo que generó preocupación en los conductores.

“En el marco de la emergencia energética y social establecida por el Decreto Supremo N° 5517, de 13 de enero de 2026, y con la finalidad de garantizar el abastecimiento de combustibles en el mercado interno, el presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar de manera excepcional a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB y a las refinerías la importación de Petróleo”, reseña la norma publicada en la Gaceta Oficial el 18 de febrero.

La norma además establece que “se autoriza de manera excepcional a YPFB, a firmar contratos con las refinerías, para que puedan importar Petróleo destinado a su procesamiento”.

“Las refinerías que adquieran petróleo importado para su procesamiento deben comercializar los productos refinados a YPFB o al distribuidor mayorista”, se señala en la norma.

El artículo 4 señala que “los volúmenes del petróleo importado, serán programados y asignados por el Comité de Producción y Demanda – PRODE, en base a las necesidades de abastecimiento del mercado interno, capacidad de transporte por ductos, cuando corresponda, y/o capacidad de procesamiento de las refinerías, considerando la información proporcionada por YPFB, refinerías y otros”.

Calidad

El decreto además se refiere a la calidad del petróleo importado y señala que “deberá cumplir con los parámetros técnicos” establecidos por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías mediante una resolución ministerial.

Las refinerías deben garantizar la calidad del petróleo a ser importado y cumplir con los parámetros técnicos de calidad establecidos por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías”, se lee en el segundo parágrafo del artículo seis.

Subvención

El Decreto Supremo 5548 establece además que “la importación de petróleo y posterior comercialización de sus productos regulados en el mercado interno, realizada por YPFB o las refinerías, en el marco del presente Decreto Supremo no están sujetas a subvención”.

En diciembre de 2025 el Gobierno de Rodrigo Paz eliminó la subvención para la gasolina y el diésel.

Arancel

La norma además establece que para la comercialización en el mercado interno de los productos del procesamiento de petróleo importado, “se establece una alícuota específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) de 0,00 Bs/Lt (cero bolivianos por litro).

Se precisa que esta alícuota tendrá un plazo de un año a partir de la vigencia del decreto.

Autorización

El Ministerio de Hidrocarburos y Energías, mediante una resolución ministerial, establecerá los requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización para la importación del petróleo por parte del ente regulador.

Revise la norma: