Desde este lunes 23 de marzo, las personas que no acudieron a votar en las elecciones subnacionales podrán tramitar su certificado de exención para realizar trámites en entidades financieras y otras instituciones.

Durante los próximos tres meses, los bancos y distintas entidades exigirán el certificado de sufragio como requisito para realizar transacciones, por lo que quienes no votaron deberán gestionar este documento alternativo.

El trámite del certificado de exención se realiza de manera personal en los Tribunales Electorales Departamentales y estará habilitado durante 30 días después de la jornada electoral.

Este documento está dirigido a ciudadanos que no pudieron sufragar por causas justificadas, consideradas como fuerza mayor o caso fortuito.

Para solicitarlo, se debe presentar una carta dirigida a la presidencia del tribunal electoral correspondiente, la cédula de identidad y documentación que respalde el motivo de la inasistencia.

Además, durante la jornada electoral también se habilitaron módulos para la entrega del certificado de impedimento de sufragio, destinado a quienes no votaron por razones justificadas.