“Nos hemos comprometido a avisarles, comunicarles el tema de la notificación y anunciar la Sala Plena; ya hemos convocado a los señores vocales para mañana. A las 9.00 va a iniciar esta Sala Plena, donde vamos a tocar muchos puntos, pero uno de ellos es el tema del caso UCS”, manifestó el vocal Gustavo Ávila.
El Tribunal Supremo Electoral definirá en Sala Plena, este miércoles por la mañana, la situación de la Unidad Cívica Solidaridad (UCS), partido político que no alcanzó el 3% mínimo establecido en las Elecciones Generales de 2025, informó el presidente de dicha instancia, Gustavo Ávila, en conferencia de prensa.

“Nos hemos comprometido a avisarles, comunicarles el tema de la notificación y anunciar la Sala Plena; ya hemos convocado a los señores vocales para mañana. A las 9.00 va a iniciar esta Sala Plena, donde vamos a tocar muchos puntos, pero uno de ellos es el tema del caso UCS”, manifestó Ávila a los medios de comunicación.

El lunes pasado, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ratificó la decisión del TSE, en la que rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por la UCS. Con esta determinación, el ente electoral tiene la vía libre para la anulación de la personalidad jurídica del partido fundado por Max Fernández.
De acuerdo con el inciso “b” del artículo 58 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, son pasibles de cancelación de su personería jurídica aquellos partidos que “no hayan obtenido al menos el 3% del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron”.

“El TSE va a cumplir la Constitución y la ley en todo momento, y ustedes recordarán que desde el proceso electoral que ha culminado en aquella primera vuelta, ya se ha pronunciado sobre este caso el TSE; nunca hemos cambiado de parecer. Para nosotros, un partido político que no alcance el 3% debe perder su personería jurídica”, aseveró el presidente de dicha instancia.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada por Max Jhonny Fernández Saucedo, jefe nacional de UCS, y Luis Alberto Antezana Pinaya, delegado político, quienes argumentaban que esta disposición vulnera derechos constitucionales como la participación política, el pluralismo y el derecho de asociación.

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