La norma permite de manera excepcional mantener determinadas retenciones en salarios y rentas entre septiembre y diciembre de 2026, sin incorporar nuevos beneficiarios ni ampliar los descuentos vigentes.
El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5684, que autoriza a las entidades e instituciones públicas del nivel central del Estado a aplicar cinco tipos de descuentos, contribuciones y retenciones por planilla hasta diciembre de este año.
La medida tendrá vigencia durante las planillas de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2026 y establece un carácter excepcional, temporal e improrrogable.
Los descuentos autorizados corresponden a:
- Mutualidades.
- Ayuda Social con Retorno.
- Bono de Cesantía.
- Cuota Mortuoria.
- Cobro de acreencias para pulperías.
El nuevo decreto complementa las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo 5654, emitido en julio, que limitó los descuentos por planilla a causales definidas por ley, órdenes judiciales, obligaciones tributarias o de seguridad social, aportes obligatorios y retenciones expresamente autorizadas por los trabajadores.
Según la norma, la autorización temporal busca evitar afectaciones por la interrupción inmediata de descuentos vinculados a relaciones jurídicas preexistentes y permitir que los beneficiarios implementen mecanismos propios de recaudación directa.
Los descuentos deberán mantener las mismas condiciones, porcentajes, montos y beneficiarios que tenían antes de la vigencia del Decreto Supremo 5654.
Además, el decreto autoriza al Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir) a aplicar descuentos en las rentas de los jubilados del Sistema de Reparto entre septiembre y diciembre, exclusivamente con destino a ayuda social.
La norma prohíbe incorporar nuevos beneficiarios, otorgar nuevas autorizaciones o incrementar y ampliar los descuentos que ya se encontraban vigentes.








