La OFEP sostiene que el análisis busca proteger recursos estatales. El Decreto Supremo 5727 establece procedimientos para reorganizar, disolver o liquidar empresas con base en diagnósticos técnicos.
El Gobierno defendió el proceso de revisión de las empresas públicas y aseguró que la medida responde a criterios económicos y no a una decisión política. Pablo Camacho, director de la Oficina de Fortalecimiento de la Empresa Pública (OFEP), afirmó que el objetivo es precautelar los recursos del Estado.
El Decreto Supremo 5727 declara prioritaria la reorganización, disolución o liquidación de empresas públicas del nivel central, pero establece que estas determinaciones deberán sustentarse en diagnósticos técnicos elaborados por la OFEP y aprobados por el Consejo Superior Estratégico de las Empresas Públicas (COSEEP).
Una vez aprobado un diagnóstico que recomiende la reorganización de una empresa, el ministerio correspondiente tendrá hasta 15 días hábiles para gestionar los instrumentos normativos necesarios. En los casos de disolución o liquidación, también deberá presentar dentro de ese plazo el proyecto de decreto supremo o anteproyecto de ley que corresponda.
Camacho afirmó que la OFEP tiene registradas 67 empresas públicas y que el Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas (Sedem) administra más de un centenar de compañías. Cuestionó además la creación de algunas entidades que, según dijo, recibieron recursos públicos pero no llegaron a operar, como plantas procesadoras de café en Pando y de limón en el norte de Potosí.
Como parte del proceso de salvaguarda, las empresas alcanzadas por la medida tendrán restricciones para asumir nuevo endeudamiento, disponer de activos, firmar contratos que excedan la gestión fiscal, incorporar personal permanente, aprobar aumentos salariales o condonar deudas. La norma establece que el incumplimiento de estas disposiciones generará responsabilidades conforme a la Ley 1178.




