El SIN amplió de 30 a 60 meses el periodo para acceder a Facilidades de Pago, una medida que busca reducir el monto de las cuotas mensuales y facilitar la regularización de obligaciones fiscales pendientes.
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) amplió de 30 a 60 meses el plazo máximo para que los contribuyentes puedan acogerse a planes de Facilidades de Pago (FAP) destinados a regularizar deudas tributarias.
La modificación está contemplada en la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000033, que reglamenta el Decreto Supremo 5687, aprobado el 31 de agosto de 2026. La disposición modifica el plazo establecido anteriormente por el Decreto Supremo 27310, que fijaba un máximo de 30 meses.
Con la nueva normativa, los contribuyentes que tengan obligaciones tributarias pendientes podrán solicitar que su deuda sea distribuida en hasta 60 cuotas mensuales, equivalentes a un periodo máximo de cinco años.
El SIN señaló que la ampliación permitirá reducir el monto de las cuotas mensuales y facilitará el cumplimiento de las obligaciones fiscales, especialmente para empresas pequeñas, medianas y grandes que necesitan preservar su capital de trabajo.
La posibilidad de acceder a una Facilidad de Pago está respaldada por el artículo 55 del Código Tributario Boliviano, establecido mediante la Ley 2492. Este mecanismo puede ser solicitado por el contribuyente incluso cuando la deuda se encuentre en etapa de ejecución tributaria.
El nuevo plazo de hasta 60 cuotas comenzará a aplicarse desde el primer día hábil del mes siguiente a la notificación de la Resolución Administrativa que autorice la solicitud presentada por el contribuyente.
¿Quiénes pueden acceder?
La Facilidad de Pago es un acuerdo entre el contribuyente y la Administración Tributaria que permite cancelar una deuda mediante cuotas cuando no es posible cubrir el monto total de manera inmediata.
Pueden solicitar este beneficio los sujetos pasivos o terceros responsables inscritos en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) que mantengan una deuda tributaria firme, líquida y exigible ante el SIN.
La solicitud puede contemplar hasta 60 cuotas mensuales, cada una con un importe igual o superior a 200 UFV, convertido a moneda nacional.
Los requisitos, condiciones y procedimientos para solicitar, autorizar y realizar el seguimiento de estos planes están establecidos en la RND 102500000019.
Con esta modificación, el SIN busca facilitar la regularización de obligaciones tributarias mediante plazos más amplios y evitar que los contribuyentes enfrenten medidas coercitivas mientras avanzan en el cumplimiento de sus deudas.
