El proyecto de ley sobre Acceso a la Información, aprobado en la estación en grande por el Senado, contraviene la Constitución y los estándares internacionales sobre la materia y no ha sido socializado con instituciones de la prensa ni con la sociedad civil. A continuación el comunicado oficial de las organizaciones periodísticas del país.
«Las organizaciones de la prensa abajo firmantes expresamos nuestra alarma por la aprobación en grande, en el Senado Nacional, del Proyecto de Ley 066/2025-2026 C.S., «Ley de Acceso a la Información», mismo que fue tratado sin ningún tipo de socialización con la ciudadanía y menos con las instituciones representativas del periodismo y de la sociedad civil.
Nos preocupa que la mayor parte de los contenidos del Proyecto de Ley de Acceso a la Información y Documentación Públicas, aprobado por la Cámara de Senadores el 23 de Octubre de 2024, que fue consensuado, analizado y debatido conjuntamente con las organizaciones de la sociedad civil y las asociaciones y organizaciones periodísticas (Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia, Asociación de Corresponsales de la Prensa Internacional, Asociación Nacional de la Prensa, Asociación Boliviana de Radiodifusión, Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa, Círculo de Mujeres Periodistas de La Paz y Asociación de Medios Digitales de La Paz) haya sido omitida y que en su lugar se debatiera un Proyecto que excluye todos los acuerdos y compromisos asumidos anteriormente por el Senado Nacional.
El actual Proyecto de Ley N° 066/2025, cuyo debate inició el Senado Nacional este 2 de julio pasado, contiene disposiciones contrarias a la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2006 sobre la materia (Claude Reyes y otros vs. Chile) que señala que “el acceso a la información pública constituye un derecho humano autónomo; toda persona puede solicitar información sin necesidad de justificar interés alguno; el Estado tiene la obligación positiva de entregarla; la carga de justificar una negativa corresponde exclusivamente al Estado; el principio rector es la máxima publicidad”, pero además crea mecanismos y procedimientos para limitar el acceso libre, irrestricto y oportuno a la información pública por parte de los ciudadanos».
«Por lo que pudimos advertir, el nuevo Proyecto no hace referencia al Art. 106 de la Constitución Política del Estado que garantiza el derecho a la información y el derecho a la comunicación y tampoco tomó en cuenta las observaciones que fueron hechas por el informe legal del Ministerio de la Presidencia, al que dice haber consultado.
La norma señalada es particularmente nociva contra el trabajo periodístico, debido a las limitaciones excesivas y en algunos casos infundadas que contempla, el favorecimiento de la discrecionalidad funcionaria, los plazos inaceptables y los procedimientos engorrosos que demanda. Aparte de ello, da margen para que cualquier entidad pública pueda establecer a discreción sus propios criterios de excepción, algo que estuvo presente en un cuestionado proyecto de ley que el Movimiento al Socialismo presentó en 2013.
Nos parece inadmisible y atentatorio a la protección de datos personales y derechos conexos que las solicitudes de información deban ser escritas, previa entrega de fotocopia del Carnet de Identidad, y que se exija registrar los datos personales del solicitante. Esta medida no solo es burocrática y contraria al DS 5595, sino que constituye un riesgo para la integridad y la seguridad de los trabajadores de la prensa que pueden verse en peligro cuando realizan trabajos de investigación que demanden información pública».
«La pretendida Ley determina que el ciudadano que pida información al Estado debe garantizar que ésta no genere “perjuicios a terceros” y le impele a “asumir responsabilidad plena por la información obtenida”. Esta disposición, no solo vulnera el principio de que la información que genera el Estado pertenece a los ciudadanos, sino que además puede usarse para amedrentar e impedir que se publiquen investigaciones sobre corrupción u otros delitos cometidos por servidores públicos ya que estos alegarán ser “perjudicados” por las denuncias.
Asimismo, otorga a las entidades públicas hasta tres semanas para entregar la información, aunque ésta esté disponible de inmediato; y asigna a las Unidades de Transparencia de cada Institución la responsabilidad de investigar la negativa de los servidores públicos a entregar información. Las unidades señaladas no son autónomas y sus cargos son políticos, por lo que no se puede esperar transparencia e independencia en los procesos.
Observamos que, debido a la naturaleza crítica de esta norma, la Cámara de Senadores no hubiera convocado en audiencias públicas a los representantes de las instituciones del periodismo y de las organizaciones de la sociedad civil para analizar en detalle este proyecto normativo a la luz de los estándares internacionales, lo que hubiese evitado las graves contradicciones y vacíos que presenta.
Consideramos, finalmente, que resulta un retroceso, duplicidad y una pérdida de tiempo tratar un proyecto de ley sobre el Acceso a la Información y Documentación Públicas, si el mismo –como fue dicho– ya fue aprobado por la misma Cámara de Senadores, como Cámara de origen, el 23 de Octubre de 2024 con el No. 160/2023 – 2024, con la participación del entonces senador Rodrigo Paz Pereira.
Nos preocupa que la nueva propuesta desconozca dicho proyecto, el que en este momento está siendo tratado en la Cámara de Diputados, razón por la cual demandamos que se proceda a archivar inmediatamente el Proyecto de Ley N° 066/2025 cuya concepción, contrariamente al propósito que debiera guiarlo, es limitativa del derecho a la información reconocido por el Art. 106 de la Constitución Política del Estado».
Firman el comunicado oficial representantes de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), Asociación de Corresponsales de la Prensa Internacional (ACPI). Asociación Nacional de la Prensa (ANP), Asociación Boliviana de Radiodifusión (ASBORA), Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (CSTPB) Asociación de Medios Digitales de La Paz (AMDLP), y Círculo de Mujeres Periodistas de La Paz (CMPLP).
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