El Gobierno dividió los hechos del 26 de junio de 2024 en tres casos. La CPE prohíbe detener a los legisladores
El diputado Richard Ribera fue aprehendido este lunes luego de arribar a la ciudad de La Paz procedente de Santa Cruz. La Fiscalía y los policías lo esperaban cuando salía de la zona de desembarque. El legislador es acusado por el ‘Zuñigazo’ del 26 de junio de 2024.
Ribera está acusado dentro del caso ‘golpe II’ según la explicación del ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, quien dijo que por esos hechos se decidió la apertura de tres casos. En el segundo está el diputado Ribera y el abogado Jorge Valda.
Las personas que acompañaban al legislador protestaban en el momento de grabar un video de ese momento y expresaban su rechazo a cómo el gobierno despliega personal para esperar a las personas y no puede ingresar al Chapare para aprehender al expresidente Evo Morales, quien tiene tres órdenes de aprehensión.
“Nos comprometimos a estar por voluntad propia y estamos cumpliendo no tenemos nada que esconder no tenemos nada que ocultar solamente afrontar ante la justicia para poder decir nuestra verdad estamos con la conciencia tranquila sabemos que no hemos participado en ningún supuesto golpe de estado”, dijo el diputado Ribera en el momento de su arribo.
Explicó que fue citado directamente con una orden de aprehensión en Santa Cruz y que el documento no mencionaba dónde debía presentarse y al viajar hacia La Paz, la Policía lo estaba esperando en el aeropuerto. Según las declaraciones del ministro Del Castillo, Ribera elaboró un arte para citar a la población en la rotonda del Cristo después del 26 de junio porque supuestamente había llegado un gobierno de liberación.
Por ese arte que envió a Fernando Handam es que investigaron a Ribera. De acuerdo con el artículo 152 de la Constitución Política del Estado (CPE) todos los legisladores pueden ser aprehendidos, pero no pueden llevarlos a prisión.
“Las asambleístas y los asambleístas no gozarán de inmunidad. Durante su mandato, en los procesos penales, no se les aplicará la medida cautelar de la detención preventiva, salvo delito flagrante”, señala el precepto constitucional.
///EL DEBER///
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