El proceso electoral boliviano, que avanza hacia la segunda vuelta del 19 de octubre, enfrenta una nueva controversia: un grupo de candidatos presentó un recurso judicial que cuestiona la distribución de los escaños en la Cámara de Diputados. La medida encendió las alarmas en el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y abrió un debate jurídico y político sobre la interpretación de la Ley 026 de Régimen Electoral.

La alerta del TSE

El presidente del Tribunal Supremo Electoral, Óscar Hassenteufel, confirmó que en Santa Cruz se presentó un amparo constitucional que busca modificar la forma en que se asignan los escaños uninominales y plurinominales. “Con este recurso, de alguna manera quieren distorsionar la aplicación del artículo 59 de la Ley 026, que establece el mecanismo de distribución”, advirtió.

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La autoridad subrayó que aceptar esta demanda significaría “vulnerar no solo la ley, sino también el espíritu democrático de la ciudadanía”. Según explicó, la acción obligaría a redistribuir escaños en todo el país, alterando principios fundamentales como la proporcionalidad y la preclusión. “Se estaría atentando contra un principio fundamental que es el de la proporcionalidad en la distribución de estas diputaciones”, insistió.

El reclamo de María René Álvarez

La diputada María René Álvarez presentó una nota formal al TSE en la que denuncia que, en la práctica, se sigue aplicando un esquema de distribución propio del derogado Código Electoral de 1999. Ese sistema —según describe— otorgaba prioridad a los triunfos uninominales, lo que podía anular la representación proporcional de los plurinominales.

“Pretender mantener hoy la misma lógica de distribución prevista en el extinto Código Electoral no solo resulta jurídicamente improcedente, sino que además contradice el nuevo marco constitucional”, afirma Álvarez en su misiva.

La legisladora argumenta que tanto la Constitución de 2009 como la Ley 026 blindan la representación proporcional como un derecho político insuprimible. “Eliminar los plurinominales supone alterar la estructura dual que el propio texto constitucional diseñó como garantía de equilibrio”, enfatiza. Por ello, exige que el TSE aplique de manera estricta el artículo 59 de la Ley de Régimen Electoral.

¿Cómo se asignan los escaños?

Para aclarar el debate, la experta en asuntos electorales María Angélica Ruiz explicó el mecanismo de distribución de escaños que establece la normativa vigente. Según el artículo 146 de la Constitución y el artículo 59 de la Ley 026, la proporcionalidad se aplica a la totalidad de curules de cada departamento.

“Primero se calcula el número de escaños que corresponde proporcionalmente a cada organización política en base a los votos válidos obtenidos. Luego se asignan los uninominales —por voto directo— y recién después se habilitan los plurinominales hasta completar el número total”, señala Ruiz.

La experta detalla que, si un partido gana más escaños uninominales que los que proporcionalmente le corresponden, se activa el inciso d) del artículo 59: en ese caso, se respeta la preeminencia del voto directo y el ajuste recae sobre la organización menos votada. “Así se garantiza que la proporcionalidad no sea sacrificada y que el voto ciudadano tenga un reflejo efectivo en la representación parlamentaria”, explica.

El reclamo de Álvarez y el recurso presentado en Santa Cruz colocan en el centro de la discusión dos visiones contrapuestas: una que cuestiona la forma en que se aplica la ley, y otra que defiende la vigencia plena de la proporcionalidad como principio constitucional.

Mientras tanto, el TSE insiste en que cualquier intento de alterar el sistema podría “distorsionar” las reglas ya aplicadas en las elecciones del 17 de agosto y poner en riesgo la legitimidad del proceso. Con la segunda vuelta presidencial en puertas, el desenlace de este debate jurídico será clave para la estabilidad institucional del país.

///EL DEBER///