Un decreto supremo aprobado por el gabinete del presidente Rodrigo Paz establece que las instituciones del Ejecutivo dejarán de descontar aportes para organizaciones sindicales y limita las retenciones salariales a cinco conceptos específicos.

El Gobierno del presidente Rodrigo Paz aprobó un decreto supremo que elimina las retenciones de aportes sindicales por planilla en las instituciones del Órgano Ejecutivo y establece únicamente cinco conceptos bajo los cuales podrán realizarse descuentos en los salarios de los funcionarios públicos.

La norma fue presentada por el ministro de Trabajo, William Bascopé, durante la reunión de gabinete de este lunes.

El Ejecutivo había expresado anteriormente su rechazo a que la Administración Pública actúe como agente de retención de aportes sindicales, argumentando que el salario constituye un bien inembargable. A inicios de año, el viceministro Julio Linares informó que las organizaciones sindicales recibían alrededor de 18,7 millones de bolivianos anuales mediante este mecanismo.

El decreto señala que la medida busca proteger los ingresos de los servidores públicos y jubilados, evitando descuentos discrecionales y garantizando que los recursos sean destinados al bienestar de sus familias.

A partir de la vigencia de la norma, los únicos descuentos autorizados para los funcionarios públicos serán:

  1. Aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo, conforme a la Ley de Pensiones.
  2. Faltas, atrasos y sanciones administrativas.
  3. Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA).
  4. Retenciones judiciales por asistencia familiar.
  5. Recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos.

En el caso de los jubilados del Sistema de Reparto, el SENASIR únicamente podrá aplicar descuentos por:

  • Seguridad Social de Corto Plazo.
  • Retenciones judiciales por asistencia familiar.
  • Recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos.
  • Convenios con entidades públicas del nivel central del Estado.

La nueva disposición también deroga el Decreto Supremo 0106, promulgado el 1 de mayo de 2009, que autorizaba la retención de aportes sindicales a trabajadores del Magisterio Urbano y Rural para ser transferidos a la CTEUB y a la CONMERB, respectivamente.